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2.3 COSTO DE MANO DE OBRA



El costo de mano de obra lo define la Ley laboral y se lo expresa por costo horario. Para el cálculo se considera el salario básico unificado, décimo tercer y décimo cuarto sueldo, transporte, aporte patronal y fondo de reserva.


En el Ecuador, la Contraloría General del Estado publica cada año el costo mínimo de la mano de obra a ser considerado en los análisis de precios unitarios.

Gráfico 3. Descarga de salarios de mano de obra desde la página web de la Contraloría General del Estado 



Gráfico 4. Descarga de salarios de mano de obra publicados cada año por la Contraloría General del Estado 




Gráfico 5. Formato de publicación de  salarios de mano de obra presentado cada año por la Contraloría General del Estado